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En esta página usted encontrará la lista de precios correspondiente a las cuotas iniciales y de renovación de los distintos conceptos y categorías.
Para obtener la asignación del recurso, es necesario haber realizado el pago de la cuota inicial y haber firmado el contrato de Servicio de Registro. Posteriormente, una vez al año y en la fecha de aniversario de la asignación, LACNIC cobrará una cuota de renovación equivalente al pago inicial. La factura será enviada por LACNIC con 2 meses de anticipación y si el pago se realiza dentro de ese plazo (entre la fecha de envío de la factura y la fecha de aniversario), el monto de la misma tendrá una bonificación del 10%. Esta bonificación se aplicará solamente a renovaciones de bloques de direcciones IP pertenecientes a ISPs.
La asignación adicional de recursos no tiene costo, excepto que esta asignación implique un cambio de categoría en el tamaño del bloque de direcciones IP. De ser así, el costo será el correspondiente a la nueva categoría y se verá reflejado en la factura emitida para el pago de la siguiente renovación.
IMPORTANTE: La renovación de la membresía depende exclusivamente del pago en fecha de la cuota anual de mantenimiento; el no pago de la misma será causal de cancelación del servicio.
Actualmente el costo de un Sistema Autónomo (ASN) es de USD 1.000 y no se facturará monto alguno por concepto de mantenimiento del recurso.
A continuación se encuentra el detalle de costos por recurso y por categoría.
Más información sobre el proceso de renovaciones
IPv4
| Categoría |
Tamaño |
Monto Inicial USD |
Monto Renovación USD |
Renovación (antes de 60 días de envío de la factura) |
| Small/Micro |
< /20 |
1.000 |
1.000 |
900 |
| Small |
≥ /20 = /19 |
2.100 |
2.100 |
1.890 |
| Medium |
> /19 = /16 |
5.700 |
5.700 |
5.130 |
| Large |
> /16 = /14 |
12.000 |
12.000 |
10.800 |
| Extra Large |
> /14 = /11 |
23.500 |
23.500 |
21.150 |
| Mayor |
> /11 |
35.000 |
35.000 |
31.500 |
IPv6
En la actualidad y hasta nueva resolución del Directorio de LACNIC, las organizaciones que califiquen para recibir bloques de direcciones IPv6 estarán exoneradas de pago.
| Tamaño |
Monto Inicial USD |
Monto Renovación USD |
Renovación (antes de 60 días de envío de la factura) |
| ≤ /32 |
2.500 |
2.500 |
2.250 |
| > /32 |
20.000 |
20.000 |
18.000 |
Esta medida se toma como una forma de promocion de la adopcion de IPv6 en la region de cobertura de LACNIC y ante la solicitud de varias organizaciones que hicieron este planteo.
Con esta medida, el directorio de LACNIC intenta dar respuesta a las necesidades de la comunidad de internet de la region.
IP end-user
| Tamaño |
Monto Inicial USD |
Monto Anual Mantenimiento USD |
| ≤ /19 |
2.500 |
600 |
| /18 |
5.000 |
600 |
| /17 |
7.500 |
600 |
| /16 |
10.000 cada /16 |
600 |
Se otorgará un descuento de 50% en los montos de membresia, a Organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, que a juicio de LACNIC sean consideradas como Usuarios Finales. En este ultimo caso los descuentos en la asignacion de direcciones IP aplicaran solamente si dichos recursos son o serán utilizados en servicios que no tengan fines de lucro.
ASN
Membresías
El costo anual de la membresía para organizaciones que no tienen recursos asignados por LACNIC es de U$S 600. Aquellas organizaciones que posean recursos IPv4 y/o IPv6 son automáticamente considerados miembros de LACNIC, por lo que no necesitan pagar esta cuota anual, sino solamente la cuota de renovación correspondiente a la categoría.
Aquellas organizaciones que tienen recursos provistos por ARIN, deberán firmar el Acuerdo de Servicios de Registro con LACNIC.
Transferencias
Según lo dispuesto por el Directorio de LACNIC están libre de pago las transferencias de direcciones IP y ASN.
Las direcciones IP transferidas a ISPs se sumarán a las direcciones ya asignadas a ese ISP. El valor a pagar por la renovación se determina de acuerdo al nuevo tamaño del bloque de direcciones.
Si un end-user recibe un Sistema Autónomo (ASN), deberá realizar el pago del ASN según la tasa correspondiente.
Antes de solicitar una transferencia, se deben revisar las políticas de LACNIC sobre transferencia de recursos (bloque IP y/o ASN). Punto 3.2.17 del documento de Políticas de LACNIC.
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