LACNIC - Registro de Direcciones de Internet para América Latina y Caribe
 
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Fondo Regional para la Innovación Digital en América Latina y el Caribe
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Proyecto de instalación de copias del root server F en la región de LACNIC
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Políticas de Administración de Recursos de Internet en el Área de Latinoamérica y el Caribe
Políticas de registración para la asignación y adjudicación de direcciones IPv6
Resumen
Este documento define las políticas de registración para la asignación y adjudicación de direcciones IPv6 globalmente únicas a los ISPs y otras organizaciones. Este documento reemplaza el "Provisional IPv6 assignment and allocation policy document".

Este documento fue desarrollado conjuntamente por las comunidades de APNIC, ARIN, y RIPE.
Contenidos
1 Introducción
1.1 Alcance
Este documento describe políticas para la adjudicación y asignación del espacio globalmente único de direcciones IPv6. Actualiza y reemplaza el documento existente, Provisional IPv6 Policies en uso desde 1999 [RIRv6 Policies]. Las políticas descriptas en este documento están pensadas para ser adoptadas por cada registro. Sin embargo, la adopción de este documento no excluye variaciones locales en cada región o área.

[RFC2373, RFC2373bis] designan 2000::/3 a ser el espacio global de direcciones unicast que IANA puede adjudicar a los RIRs. De acuerdo con [RFC2928, RFC2373bis, IAB Request], IANA ha adjudicado rangos iniciales del espacio de direcciones globales unicast de IPv6 del bloque de direcciones 2001::/16 a los RIRs existentes. Este documento trata las adjudicaciones iniciales y subsiguientes del espacio de direcciones unicast 2000::/3, para los cuales los RIRs formulan políticas de ajudicación y asignación. Dado que los end sites generalmente recibirán asignaciones de /48 [RFC 3177, RIRs on 48s], el énfasis particular de este documento es sobre las políticas relacionadas con los bits dentro de 2000::/3 a la izquierda del límite /48.

Sin embargo, ya que algunos end sites recibirán asignaciones de /64 y /128, todos los bits a la izquierda del /64 están dentro del alcance.
2 Definiciones
Los siguientes términos y sus definiciones son de gran importancia para la comprensión de los objetivos, contextos y políticas descriptas en este documento.

La responsabilidad de la administración del espacio de direcciones de IPv6 está distribuida globalmente de acuerdo con la estructura jerárquica que se muestra debajo.

      +--------+
      | IANA   |
      +--------+
           |
     +-----------+
     |           |
+--------+   +--------+
|  RIR   |   |  RIR   | Regional Internet
+--------+   +--------+ Registries (APNIC, ARIN, RIPE NCC,
    |            |      plus possible future RIRs)
    |            |
    |         +-----+
    |         | NIR | National Internet
    |         +-----+ Registries (AP region)
    |            |
+--------+   +--------+
|LIR/ISP |   |LIR/ISP | Local Internet
+--------+   +--------+ Registries (ISPs)
      |             |
    +--------+      |
    |        |      |
+-------+  +----+ +----+
|EU(ISP)|  | EU | | EU | End users
+-------+  +----+ +----+
2.1 Internet Registry (IR)
Un Internet Registry (IR) es una organización responsable de la distribución de espacios de direcciones IP a sus miembros o clientes y de la registración de esa distribución. Los IRs están clasificados de acuerdo a su función principal y alcance territorial dentro de la estructura jerárquica delineada en la figura de arriba.
2.2 Regional Internet Registry (RIR)
Los Regional Internet Registries (RIRs) son establecidos y autorizados por las comunidades regionales respectivas, y reconocidos por el IANA para servir y representar grandes regiones geográficas. El rol principal de los RIRs es administrar y distribuir el espacio de direcciones público de Internet dentro de las respectivas regiones.
2.3 National Internet Registry (NIR)
Un National Internet Registry (NIR) adjudica, principalmente, espacios de direcciones a sus miembros o constituyentes, los cuales son generalmente LIRs a un nivel nacional. Los NIRs existen mayormente en la región de Asia Pacífico.
2.4 Local Internet Registry (LIR)
Un Local Intenet Registry (LIR) es un IR que asigna, principalmente, espacios de direcciones a los usuarios de los servicios de red que éste provee. Los LIRs son generalmente ISPs, cuyos clientes son principalmente usuarios finales y posiblemente otros ISPs.
2.5 Adjudicar
Adjudicar significa distribuir el espacio de direcciones a los IRs con el propósito de que ellos realicen la subsiguente distribución.
2.6 Asignar
Asignar significa delegar espacio de direcciones a un ISP o usuario final, para su uso específico dentro de la infraestructura de Internet que ellos operan. Las asignaciones deben ser realizadas solamente para los propósitos específicos documentados por organizaciones específicas y no para ser sub asignadas a otras partes.
2.7 Utilización
A diferencia de IPv4, IPv6 es generalmete asignado a end sites en cantidades fijas (/48). La utilización real de direcciones dentro de cada asignación será bastante baja comparada con las asigaciones de IPv4. En IPv6, "utilización" es medida en términos de los bits a la izquierda del límite /48. En otras palabras, la utilización se refiere a la asignación de /48s a los end sites, y no al número de direcciones asignadas dentro de /48s individuales en esos end sites.

A lo largo de este documento, el término utilización se refiere a la adjudicación de /48s a los end sites, y no al número de direcciones asignadas dentro de los /48s individuales en esos sites.
2.8 HD Ratio
El HD Ratio es un modo de medir la eficiencia de asignación de direcciones [RFC 3194]. Es una adaptación del H Ratio, originalmente definido en [RFC1715], y es expresado de la siguiente manera:

     Log (numero de objetos adjudicados)
HD = -------------------------------------------
     Log (número máximo de objetos adjudicables)

donde, en el caso de este documento, los objetos son direcciones IPv6 de sites (/48s) asignadas desde un prefijo IPv6 de un tamaño dado.
2.9. End Site (Sitio Final)
Un end site es definido como un usuario final (suscriptor) que tiene una relación de negocios o legal (misma o entidades asociadas) con un proveedor de servicios que involucra:

- al proveedor de servicios asignando un espacio de direcciones al usuario final
- al proveedor de servicios otorgando un servicio de tránsito para el usuario final hacia otros sites
- al proveedor de servicios transportando el tráfico del usuario final
- al proveedor de servicios anunciando un prefijo de ruta agregado que contiene la asignación del usuario final
3 Objetivos de la administración del espacio de direcciones IPv6
3.1 Objetivos
El espacio de direcciones IPv6 es un recurso público que debe ser administrado de manera prudente teniendo en cuenta los intereses de internet a largo plazo. Una adminsistración responsable del espacio de direcciones involucra balancear un conjunto de objetivos que a veces compiten entre sí. Los siguientes son los objetivos relevantes para la política de direcciones de IPv6.
3.2 Unicidad
Cada asignación y/o adjudicación del espacio de direcciones debe garantizar la unicidad en todo el mundo. Este es un requerimiento indispensable para asegurar que cada host público en Internet pueda ser identificado unívocamente.
3.3 Registración
El espacio de direcciones de internet debe ser registrado en una base de datos accesible por miembros autorizados dentro la comunidad de internet. Esto es necesario para asegurar la unicidad de cada dirección de Internet y para proveer información de referencia sobre los problemas de Internet en todos los niveles, desde los RIRs e IRs hasta los usuarios finales.

El objetivo de la registración debería ser aplicado dentro del contexto consideraciones de privacidad razonables y leyes aplicables.
3.4 Agrupación
Cuando sea posible, el espacio de direcciones debería ser distribuido de manera jerárquica, de acuerdo a la topología de la infraestructura de la red. Esto es necesario para permitir la agregación de información de ruteo por parte de los ISPs, y para limitar la expansión de las tablas de ruteo en Internet.

Esta meta es particularmente importante en el direccionamiento de IPv6, donde el tamaño del espacio de direcciones total tiene implicaciones significativas tanto para el ruteo interno como externo.

Las políticas de direcciones IPv6 deberían buscar evitar la fragmentación de los rangos de direcciones.

Más aún, los RIRs deberían aplicar prácticas para maximizar el potencial de que las adjudicaciones subsecuentes sean contiguas con las adjudicaciones que poseídas actualmente. Sin embargo, no puede haber garantías de adjudicación contigua.
3.5 Conservación
Aunque IPv6 provee un espacio de direcciones extremadamente grande, las políticas de direcciones deberían evitar su desperdicio innecesario. Los pedidos de espacios de direcciones deberían estar avalados por documentación apropiada y debería evitarse la acumulación de direcciones no utilizadas.
3.6 Equidad
Todas las políticas y prácticas relacionadas al uso del espacio de direcciones públicas deberían aplicarse justa y equitativamente a todos los miembros potenciales y existentes de la comunidad de Internet, independientemente de su ubicación, nacionalidad, tamaño o cualquier otro factor.
3.7 Minimización de sobrecarga
Es deseable minimizar la sobrecarga asociada a la obtención de espacio de direcciones. La sobrecarga incluye la necesidad de solicitar espacio adicional a los RIRs muy frecuentemente, la sobrecarga asociada con la administración de espacios de direcciones que crecen vía expansiones sucesivas de pequeños de incrementos en lugar de a través de menos expansiones, más grandes.
3.8 Conflicto entre objetivos
Los objetivos descriptos arriba a menudo entrarán en conflicto unos con otros, o con las necesidades individuales de los IRs o usuarios finales. Todos los IRs, al evaluar los pedidos de adjudicación y asignación deben juzgar, buscando balancear las necesidades de los solicitantes con las necesidades de la comunidad de Internet como un todo.

En la política de direcciones de IPv6, el objetivo de agregación es considerado el más importante.
4 Principios de la política IPv6
Para cumplir con los objetivos descriptos en la sección anterior, las políticas en este documento discuten y siguen los principios básicos descriptos debajo.
4.1 Espacio de direcciones no debe ser considerado propietario
Es contrario a los objetivos de este documento y no se encuentra entre los intereses de la comunidad de Internet en su conjunto que los espacios de direcciones sean considerados propietarios.

Las políticas en este documento se basan en el entendimiento de que el espacio globalmente único de direcciones unicast de IPv6 es licenciado para su uso en lugar de adueñado. Específicamente, las direcciones IP serán adjudicadas y asignadas en base a una licencia, con licencias sujetas a renovación periódica. La otorgación de una licencia esta sujeta a condiciones específicas a aplicarse al comienzo como así tambien en cada renovación de la misma.

Los RIRs generalmente renovarán las licencias automáticamente, siempre que las organizaciones solicitantes hagan un esfuerzo de buena fé para cumplir con el criterio bajo el cuál calificaron o fueron otorgadas una adjudicación o asignación. Sin embargo, en aquellos casos en que una organización no está utilizando el espacio de direcciones como se espera, o está mostrando mala fé en regirse por las obligaciones asociadas, los RIRs se reservan el derecho de no renovar la licencia.

Notar que cuando una licencia es renovada, la nueva licencia será evaluada y controlada bajo las políticas de direcciones de IPv6 aplicables en el lugar y momento de la renovación, las cuales podrían diferir de las políticas bajo las cuales fue originalmente adjudicada o asignada.
4.2 Rutabilidad no garantizada
No hay garantías de que la adjudicación o asignación de una dirección será ruteable globalmente.

Sin embargo, los RIRs deben aplicar procedimientos que reduzcan la posibilidad de fragmentación del espacio de direcciones, lo que podría llevar a la pérdida de ruteabilidad.
4.3 Adjudicación Mínima
Los RIRs aplicarán un tamaño mínimo para adjudicaciones de IPv6 para facilitar el filtro basado en el prefijo.

El tamaño mínimo de adjudicación para un espacio de direcciones IPv6 es /32.
4.4 Consideraciones de la infraestructura de IPv4
Cuando un proveedor de servicios de IPv4 pide espacio IPv6 para una transición final de servicios existentes a IPv6, el número de clientes actuales de IPv4 podría ser usado para justificar un pedido más grande del que estaría justificado si el mismo estuviera basado solamente en la infraestructura IPv6.
5 Políticas para adjudicaciones y asignaciones
5.1 Adjudicación inicial
5.1.1 Criterio de adjudicación inicial

Para calificar para la adjudicación inicial de un espacio de direcciones IPv6, una organización debe:
  1. Ser un LIR o ISP
  2. Documentar un plan detallado sobre los servicios y la conectividad en IPv6 a ofrecer a otras organizaciones (clientes) o a sus propios/relacionados(as) departamentos/entidades/sitios, a los cuales asignará /48s
  3. Anunciar en el sistema de rutas inter-dominio de Internet un único bloque, que agregue toda la asignación de direcciones IPv6 recibida, en un plazo no mayor de 12 meses
  4. Ofrecer servicios en IPv6 a clientes o entidades propias/relacionadas (incluyendo departamentos y/o sitios) localizados físicamente en la región de LACNIC en un plazo no mayor de 24 meses.
5.1.2 Tamaño de adjudicación inicial

Las organizaciones que cumplan con el criterio de adjudicación inicial pueden recibir un mínimo de adjudicaciones de /32.

Las organizaciones podrían calificar para una adjudicación inicial más grande que /32 entregando documentación que justifique razonablemente el pedido. Si así lo hicieran, el tamaño de adjudicación estará basado en el número de usuarios existentes y en la extensión de la infraestructura de la organización.
5.2 Adjudicación subsiguiente
Las organizaciones que ya tengan una adjudicación IPv6 pueden recibir adjudicaciones subsiguientes de acuerdo a las siguientes políticas.

5.2.1 Criterio de alocación subsiguiente

La adjudicación subsiguiente será provista cuando una organización (ISP/LIR) satisfaga el umbral de evaluación de utilización histórica de direcciones en términos del número de sites en unidades de asignaciones de /48. El HD Ratio [RFC 3194] es usado para determinar los umbrales de utilización que justifican la adjudicación de direcciones adicionales como se describe debajo.

5.2.2 HD Ratio aplicado

El valor HD Ratio de 0.94 es adoptado como una aceptable utilización de direcciones para justificar la adjudicación de espacio de dirección adicional. El apéndice A provee una tabla que muestra el número de asignaciones que son necesarias para lograr un valor aceptable de utilización dado el tamaño del bloque de direcciones.

5.2.3 Tamaño de la adjudicación subsiguiente

Cuando una organización ha logrado una aceptable utilización de su espacio de direcciones adjudicado, está inmediatamente calificada para obtener una adjudicación adicional que resulte en una duplicación de su espacio de direcciones adjudicado. Cuando sea posible, la adjudicación será realizada de bloques de direcciones adyacentes, es decir que su adjudicación existente es extendida un bit hacia la izquierda.

Si una organización necesita más espacio de direcciones, debe proveer documentación justificando sus requerimientos para un período de 2 años. La adjudicación se basará en este requerimiento.

5.2.4 Retorno de primera Adjudicación por Segunda Adjudicación

En el caso de una organización cuente con una única adjudicación IPv6, se realizará por única vez un análisis diferencial.
Si una organización en estas condiciones está dispuesta a devolver a LACNIC en un plazo de 6 meses el bloque inicial adjudicado, se estudiará la nueva adjudicación como si se tratara de una adjudicación inicial con los criterios descriptos en la sección 5.1. De esta forma, y sólo en este caso, no valen los criterios descriptos en 5.2.1 (criterio) , 5.2.2 (HD ratio) y 5.2.3
(tamaño).
5.3 Adjudicación de LIR a ISP
No hay una política específica para la adjudicación de espacio de direcciones de una organización (LIR) a los ISPs subordinados. Cada LIR podría desarrollar su propia política para ISPs subordinados para alentar una utilización óptima del bloque de direcciones total adjudicado al LIR. Sin embargo, todas las asignaciones de /48 a end sites deben ser registradas por el LIR o por sus ISPs subordinados de modo que el RIR/NIR puede evaluar apropiadamente el HD Ratio cuando es necesaria una adjudicación subsiguiente.
5.4 Asignación
Los LIRs deben realizar asignaciones IPv6 de acuerdo con las siguientes provisiones.

5.4.1 Asignación del espacio de direcciones

Las asignaciones deben ser realizadas de acuerdo con las recomendaciones existentes [RFC3177,RIRs on 48], las cuales resumimos aquí como:

/48 en el caso general, excepto para suscriptores muy grandes
/64 cuando cuando se conoce por diseño que una y solo una subred es necesaria
/128 cuando se conoce absolutamente que uno y solo un dispositivo se está conectando.

A los RIRs/NIRs no les concierne el tamaño de direcciones que los LIR/ISP realmente asignan. Por lo tanto, los RIRs/NIRs no pedirán información detallada sobre redes de usuarios IPv6 como lo hicieron en IPv4, excepto para los casos que se describen en la Sección 4.4 y para los propósitos de medir la utilización como se define en este documento.

5.4.2 Asignación a la infraestructura del operador

Una organización (ISP/LIR) puede asignar un /48 por PoP como un servicio de infraestructura de un operador de servicio IPv6. Cada asignación a un PoP es considerada como una asignación sin tener en cuenta el número de usuarios que usen el PoP. Puede obtenerse una asignación separada para operaciones propias del operador.
5.5 Micro-Asignaciones en IPv6
LACNIC podrá realizar micro-asignaciones en casos de proyectos e infraestructuras de redes claves o críticas para el funcionamiento, y desarrollo de IPv6 en la región como son IXP (Internet Exchange Point), NAP (Network Access Point), RIR, proveedores de DNS ccTLD, entre otros. Dichas asignaciones se realizarán en bloques menores o igual a un /32 pero siempre mayores o iguales a un /48.

En el caso de los IXP o NAP para poder solicitar este tipo de asignaciones las organizaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Documentar adecuadamente los siguientes aspectos:

1.1. Demostrar a través de sus estatutos su calidad de IXP o NAP. Deberá poseer al menos tres miembros y una política abierta para la asociación de nuevos miembros.
1.2.Enviar un diagrama de la estructura de red de la organización.
1.3.Documentar el plan de numeración a instrumentar.


2. Proveer un plan de utilización para los próximos tres y seis meses.

En el resto de las solicitudes se estudiarán basados en el análisis de documentación que justifique los aspectos críticos y/o claves del proyecto.

Todas las micro-asignaciones se asignarán de bloques de direcciones específicamente reservados para este tipo de asignaciones. LACNIC hará pública la lista de dichos bloques y las micro-asignaciones realizadas.

La organización que reciba una micro-asignación no podrá realizar subasignaciones con estas direcciones IP.
5.6 Registración
Cuando una organización que posee una adjudicación de espacio IPv6, hace asignaciones de espacios IPv6, debe registrar la información de asignaciones en una base de datos accesible a los RIRs como corresponde (la información registrada por un RIR/NIR puede ser cambiada en el futuro por una base de datos para registrar manejo de direcciones). La información es registrada en unidades de redes /48 asignadas. Cuando a una organización se le asigna más de una /48 la organización que la asigna es responsable de asegurar que el espacio de direcciones esté registrado en una base de datos RIR/NIR.

Los RIR/NIRs usarán los datos registrados para calcular el HD Ratio en el momento de la solicitud, para subsecuentes adjudicaciones y para verificar eventuales cambios en las asignaciones.

Los IRs deben mantener sistemas y prácticas que protejan la seguridad de la información personal y comercial que es usada en la evaluación de solicitudes, pero que no es requerida para registración pública.
5.7 Reverse lookup
Cuando un RIR/NIR delega espacio de direcciones IPv6 a una organización, también está delegando la responsabilidad de manejar la zona de reverse lookup que corresponde al espacio de direcciones IPv6 asignado. Cada organización debe manejar debidamente su zona de reverse lookup. Cuando una organización hace una asignación de direcciones, debe delegar a la organización asignada, bajo pedido, la responsabilidad de manejar la zona de reverse lookup que corresponde a la dirección asignada.
5.8 Poseedores de IPv6 ya existentes
Las organizaciones que hayan recibido adjudicaciones de IPv6 /35 bajo la política previa de IPv6 [RIRv6 Policies] están inmediatamente autorizadas a expandir su asignación a un bloque de direcciones /32 sin necesidad de justificación, siempre y cuando satisfagan los criterios de la Sección 5.1.1. El bloque de direcciones /32 contendrá el bloque más pequeño ya adjudicado (uno o múltiples /35 bloques en muchos casos) que ya ha sido reservado por el RIR para una subsecuente asignación a la organización. Las solicitudes de espacio adicional más allá del mínimo tamaño /32 serán evaluadas como se discutió en otra parte del documento.
6 Referencias
[RFC1715] "The H Ratio for Address Assignment Efficiency", C. Huitema.
November 1994, RFC 1715.

[IAB Request] "Email from IAB to IANA",
http://www.iab.org/iab/DOCUMENTS/IPv6addressspace.txt

[RFC2373] "IP Version 6 Addressing Architecture", R. Hinden, S. Deering.
July 1998, RFC 2373.

[RFC2373bis] http://www.ietf.org/internet-drafts/draft-ietf-ipngwg-addr-arch-v3-07.txt

[RFC2928] "Initial IPv6 Sub TLA ID Assignments", R. Hinden, S. Deering, R. Fink, T. Hain. September 2000, RFC 2928.

[RFC3177] "IAB/IESG Recommendations on IPv6 Address". IAB, IESG. September 2001, RFC 3177.

[RFC3194] "The H Density Ratio for Address Assignment Efficiency An Update on the H ratio", A. Durand, C. Huitema. November 2001, RFC 3194.

[RIRs on 48] http://www.arin.net/policy/ipv6reassign.html

[RIRv6 Policies]
http://www.arin.net/policy/ipv6.html
http://www.ripe.net/ripe/docs/ripe-196.html
http://www.apnic.net/docs/drafts/ipv6/ipv6-policy-280599.html
7 Apéndice A: HD Ratio
El HD Ratio no tiene el fin de reemplazar las mediciones tradicionales de uso que los ISPs tienen actualmente con IPv4. De hecho, el HD Ratio aún requiere el conteo de objetos asignados. El principal valor del HD Ratio es su utilidad al determinar los rangos razonables de utilización para un espacio de direcciones de un tamaño dado. Este documento utiliza el HD Ratio para determinar los rangos en los cuales una asignación dada ha alcanzado un nivel aceptable de utilización y se justifica la asignación de espacio adicional.

El rango de utilización T, expresado como un número individual de prefijos /48 a ser adjudicados desde un prefijo P de IPv6 puede ser calculado como:

((48 P)*HD)
T = 2

Por consiguiente, el rango de utilización de una organización que solicita subsecuentes asignaciones de bloques de direcciones IPv6 es especificado en función del tamaño del prefijo y el HD ratio. Esta utilización se refiere a la asignación de /48s a los end sites y no a la utilización de esos /48s dentro de los end sites. Es un HD ratio de la utilización de una alocación de direcciones y no de una asignación de direcciones.

De acuerdo a las recomendaciones de [RFC 3194], éste documento adopta un HD Ratio de 0.94 como el rango de utilización para alocaciones de espacio de direcciones IPv6.

La siguiente tabla ofrece cifras absolutas y porcentajes de utilización de direcciones equivalentes para prefijos IPv6 correspondientes a un HD- Ratio de 0.94
P 48 – P total /48s Threshold Ultil %
48 0 1 1 100,0%
47 1 2 2 95,9%
46 2 4 4 92,0%
45 3 8 7 88,3%
44 4 16 14 84,7%
43 5 32 26 81,2%
42 6 64 50 77,9%
41 7 128 96 74,7%
40 8 256 184 71,7%
39 9 512 352 68,8%
38 10 1024 676 66,0%
37 11 2048 1296 63,3%
36 12 4096 2487 60,7%
35 13 8192 4771 58,2%
34 14 16384 9153 55,9%
33 15 32768 17560 53,6%
32 16 65536 33689 51,4%
31 17 131072 64634 49,3%
30 18 262144 124002 47,3%
29 19 524288 237901 45,4%
28 20 1048576 456419 43,5%
27 21 2097152 875653 41,8%
26 22 4194304 1679965 40,1%
25 23 8388608 3223061 38,4%
24 24 16777216 6183533 36,9%
23 25 33554432 11863283 35,4%
22 26 67108864 22760044 33,9%
21 27 134217728 43665787 32,5%
20 28 268435456 83774045 31,2%
19 29 536870912 160722871 29,9%
18 30 1073741824 308351367 28,7%
17 31 2147483648 591580804 27,5%
16 32 4294967296 1134964479 26,4%
15 33 8589934592 2177461403 25,3%
14 34 17179869184 4177521189 24,3%
13 35 34359738368 8014692369 23,3%
12 36 68719476736 15376413635 22,4%
11 37 1,37439E+11 29500083768 21,5%
10 38 2,74878E+11 56596743751 20,6%
9 39 5,49756E+11 108582451102 19,8%
8 40 1,09951E+12 208318498661 18,9%
7 41 2,19902E+12 399664922315 18,2%
6 42 4,39805E+12 766768439460 17,4%
5 43 8,79609E+12 1471066903609 16,7%
4 44 1,75922E+13 2822283395519 16,0%
8 Apéndice B: Información sobre antecedentes
8.1 Antecedentes
Las motivaciones para revisar la política provisional para IPv6 de 1999 comenzaron con la reunión de APNIC celebrada en Taiwán en agosto de 2001. Discusiones sucesivas se mantuvieron en octubre de 2001 en las reuniones de RIPE y ARIN. Durante éstos encuentros los participantes reconocieron la urgente necesidad de políticas más completas y detalladas. Uno de los resultados de los encuentros fue el establecimiento de una lista de discusión para debatir una política revisada en forma conjunta con el deseo de desarrollar una política general que todos los RIRs puedan utilizar. En éste documento no se dan detalles de las discusiones individuales que condujeron a las políticas descriptas en el mismo; información detallada acerca de estas puede encontrarse en las minutas de cada uno de los meetings que se encuentran en los siguientes sitios web:www.apnic.net, www.arin.net, y www.ripe.net.
8.2 Por qué una política conjunta
Las direcciones IPv6 son un recurso público que debe ser manejado considerando los intereses a largo plazo de la comunidad de Internet. Aunque los registros regionales adopten políticas de asignación de acuerdo a sus propios procesos internos, las políticas de direcciones deben ser uniformes entre los registros. Tener políticas significativamente variadas en las diferentes regiones no es deseable pues puede conducir a situaciones donde puede ocurrir el "registry shopping" con organizaciones solicitando direcciones a los registros que tengan las políticas más favorables para sus intereses particulares. Esto puede conducir a que las políticas en una región socaven los esfuerzos de registros de otras regiones con respecto a la prudente administración del espacio de direcciones. En los casos en que las variaciones regionales de las políticas sean razonablemente necesarias el abordaje preferido es el de presentar el tema a los otros registros regionales para lograr un acercamiento de consenso que todos los registros apoyen.
8.3 El tamaño de los espacios de direcciones IPv6
Comparado con IPv4, el IPv6 tiene un aparente interminable espacio de direcciones. Si bien esto es superficialmente cierto, políticas de adjudicación de poca visión y desperdicio pueden resultar en la adopción de prácticas que conduzcan a un prematuro vaciamiento del espacio de direcciones.

Debe notarse que el espacio de direcciones de 128 bit es dividido en tres partes lógicas, con el uso de cada componente administrado en forma diferente. Los 64 bits de más a la derecha, el Interface Identifier [RFC2373], será frecuentemente un globalmente único IEEE identifier (por ej., mac address). Aunque ésta sea una forma "ineficiente" de usar el campo Interface Identifier, desde el punto de vista de maximizar el número de nodos direccionables, el esq uema de numeración fue explícitamente elegido para simplificar la Stateless Address Autoconfiguration [RFC2462].

Los 16 bits del medio de una dirección indican el ID de la subred. Por [RFC 3177, RIRs on 48s], este campo será frecuentemente utilizado en forma ineficiente, pero los beneficios operacionales de un ancho de campo de subred regular fueron considerados para compensar las desventajas.

Las decisiones para utilizar en forma ineficiente los bits hacia la derecha de /48 fueron hechas bajo el conocimiento y la presunción de que los bits a la izquierda de /48 serían prudentemente administrados. Si así se hace, esto será conveniente para la esperada duración de IPv6 [RFC3177].
8.4 Acknowledgment
La version inicial de éste documento fue producida por el equipo de redacción de políticas JPNIC IPv6 formado por: Akihiro Inomata, Akinori Maemura, Kosuke Ito, Kuniaki Kondo, Takashi Arano, Tomohiro Fujisaki, y Toshiyuki Yamasaki. Van agradecimientos especiales hacia éste equipo que trabajó durante un feriado para producir rápidamente el documento inicial.

Un equipo de edición fue luego organizado por representantes de los tres RIRs (Takashi Arano, Chair of APNIC s Policy SIG, Thomas Narten, Chair of ARIN s IPv6 WG, and David Kessens, Chair of RIPE NCC s IPv6 WG).

El equipo de edición desea agradecer las contribuciones a éste documento de Takashi Arano, John Crain, Steve Deering, Gert Doering, Kosuke Ito, Richard Jimmerson, David Kessens, Mirjam Kuehne, Anne Lord, Jun Murai, Paul Mylotte, Thomas Narten, Ray Plzak, Dave Pratt, Stuart Prevost, Barbara Roseman, Gerard Ross, Paul Wilson, Cathy Wittbrodt y Wilfried Woeber.

La edición final de éste documento fue hecha por Thomas Narten.


 
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