LACNIC - Registro de Direcciones de Internet para América Latina y Caribe
 
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Fondo Regional para la Innovación Digital en América Latina y el Caribe
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Proyecto de instalación de copias del root server F en la región de LACNIC
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Manual de Políticas de LACNIC (v1.10 - 13/08/2012)
Abtract | 1. Definiciones | 2. Políticas para direcciones IPv4 | 3. Políticas para ASN | 4. Políticas para direcciones IPv6 | 5. Delegación de Resolución Inversa | 6. Política para LAME DELEGATION | 7. Recuperación de recursos | 8. Políticas para BULK WHOIS | 9. Políticas Globales | 10. Políticas para Asignaciones Experimentales | 11. Políticas sobre el agotamiento de direcciones IPv4 | 12. Apéndices

11. Políticas sobre el agotamiento del espacio de direcciones IPv4

Las siguientes políticas se relacionan al proceso de agotamiento del espacio de direcciones IPv4.

11.1. Reserva especial de distribuciones/asignaciones IPV4 para nuevos miembros

  1. LACNIC creará una reserva de un /12 de direccionamiento IPv4 para nuevos miembros de LACNIC.
  2. No se harán distribuciones o asignaciones de recursos IPv4 a organizaciones que ya tengan recursos IPv4 distribuidos o asignados por LACNIC o por las organizaciones que antecedieron a LACNIC en esta tarea en la actual región de servicio de LACNIC.
  3. Solicitudes de recursos IPv4 que según las políticas vigentes de LACNIC sean clasificadas como infraestructura critica podrán recibir direccionamiento bajo las condiciones de esta política aunque ya cuenten con recurso IPv4 asignado por LACNIC.
  4. LACNIC solo podrá realizar distribuciones o asignaciones de recursos IPv4 mayores o iguales a /24 y menores o iguales a /22 de esta reserva.
  5. LACNIC podrá realizar distribuciones o asignaciones de esta reserva a partir de la aprobación de la primera solicitud de recursos IPv4 que no pueda ser satisfecha utilizando la reserva creada en el punto 11.2.
  6. Las solicitudes de recursos IPv4 de prefijos menores a /22 que se encuentren pendientes por aprobación solo podrán recibir un /22 de esta reserva.
  7. Las organizaciones que reciban recursos IPv4 bajo las condiciones establecidas en la siguiente política no podrán recibir recursos IPv4 adicionales por parte de LACNIC provenientes de esta reserva.
  8. Las organizaciones que reciban recursos IPv4 bajo las condiciones establecidas en la siguiente política no podrán recibir futuras distribuciones o asignaciones de recursos IPv4 por parte de LACNIC por un período de 6 meses.
  9. Un bloque recibido bajo esta política no podrá ser transferido siguiendo el punto 2.3.2.18 del manual de políticas durante un periodo de un año. Lo mismo aplica para sus sub-bloques, es decir, bloques que agrupenun subconjunto de las direcciones IPv4 que contiene el bloque.
  10. La presente política no substituye el punto 11.2 del Manual de Políticas. La reserva creada bajo el punto 11.2 es independiente a la reserva creada bajo la siguiente política.
  11. En caso de que el solicitante aún no cuente con un bloque IPv6 asignado por LACNIC, también deberá solicitar un bloque IPv6 cumpliendo con la política aplicable.

11.2. Distribuciones/asignaciones para una terminación suave de recursos Ipv4

  1. LACNIC creará una reserva de un /12 de direccionamiento Ipv4 con motivo de realizar una terminación suave de recursos IPv4 en la región LACNIC.
  2. LACNIC solo podrá realizar distribuciones o asignaciones de recursos IPv4 mayores o iguales a /24 y menores o iguales a /22 de esta reserva.
  3. LACNIC podrá realizar distribuciones o asignaciones de esta reserva a partir de la aprobación de la primera solicitud de recursos IPv4 que no pueda ser satisfecha en su totalidad por falta de recursos IPv4 en la región LACNIC.
  4. Las solicitudes de recursos IPv4 menores a /22 que se encuentren pendientes por aprobación solo podrán recibir un /22 una vez que esta política es vigente.
  5. Las organizaciones que reciban recursos IPv4 bajo las condiciones establecidas en la siguiente política podrán recibir recursos IPv4 adicionales por parte de LACNIC seis meses después siempre y cuando generen una nueva solicitud que justifique la necesidad de recursos IPv4 adicionales según las políticas vigentes de distribución o asignación de direccionamiento Ipv4.
  6. Las organizaciones que reciban recursos IPv4 de LACNIC bajo las condiciones establecidas en la siguiente política no podrán recibir futuras distribuciones o asignaciones de recursos IPv4 por parte de LACNIC por un periodo de 6 meses.
  7. Un bloque recibido bajo esta política no podrá ser transferido siguiendo el punto 2.3.2.18 del manual de politicas durante un periodo de un año. Lo mismo aplica para sus sub-bloques, es decir, bloques que agrupen un subconjunto de las direcciones IPv4 que contiene el bloque.
  8. La presente propuesta no substituye el punto 11.1 del manual de políticas. La reserva creada bajo el punto 11.1 es independiente a la reserva creada bajo la siguiente propuesta.
 
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