LACNIC - Registro de Direcciones de Internet para América Latina y Caribe
 
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Fondo Regional para la Innovación Digital en América Latina y el Caribe
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Proyecto de instalación de copias del root server F en la región de LACNIC
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LACNIC - Acerca de LACNIC - Estatuto
Indice | Capítulo I | Capítulo II | Capítulo III | Capítulo IV | Capítulo V | Capítulo VI | Capítulo VII | Capítulo VIII | Capítulo IX | Capítulo X

CAPITULO I

CONSTITUCION

ARTICULO 1: (Denominación y domicilio)

Con la denominación de Registro de Direcciones de Internet para América Latina y Caribe (LACNIC) créase una organización no gubernamental que se regirá por los presentes estatutos y por las leyes y reglamentos aplicables, cuya sede será en el departamento de Montevideo.

* Artículo modificado en Asamblea de Socios de fecha 24 de abril de 2003

ARTICULO 2: (Objeto social) Son sus objetivos:

  1. Administrar el espacio de direcciones IP y otros recursos asociados en beneficio de la comunidad Internet para la región de América Latina y el Caribe (LAC).
  2. Proveer servicios de registro de direcciones IP, ASN, resolución inversa y sus recursos asociados, con el propósito de permitir y facilitar las comunicaciones a través de redes informáticas.
  3. Representar y promover los puntos de vista e intereses de la región ante aquellos organismos internacionales, en el área de su competencia.
  4. Colaborar en el crecimiento de Internet en la región.
  5. Asistir a la comunidad latinoamericana y caribeña en el desarrollo de procedimientos, mecanismos y estándares para la asignación eficiente de recursos de Internet.
  6. Promover oportunidades educacionales a sus miembros en áreas técnicas y políticas de su competencia.
  7. Proponer y desarrollar las políticas públicas en el área de su competencia.

Para el cumplimiento de sus objetivos LACNIC podrá:

  1. organizar todos los servicios necesarios para la realización de sus objetivos de administración del espacio IP y otros recursos asociados de la región de América Latina y el Caribe (LAC);
  2. organizar cursos, conferencias, simposios, congresos, concursos y todo evento que tenga por finalidad la divulgación, enseñanza y perfeccionamiento de los fines de LACNIC;
  3. producir, editar, publicar, divulgar materiales de comunicación en todos los medios tecnológicos;
  4. crear centros de documentación;
  5. celebrar convenios con personas, empresas, instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales;
  6. organizar y auspiciar viajes de estudio, investigación o divulgación de sus miembros destinados a difundir los objetivos de LACNIC;
  7. relacionarse con otras entidades nacionales o internacionales con similares objetivos para realizar congresos y actividades en común;
  8. colaborar con autoridades nacionales, estaduales, municipales y entidades públicas y privadas en relación a los objetivos de LACNIC.
Estatuto de LACNIC

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